Defensor del Pueblo rechaza críticas de PP y Vox sobre amnistía: "Debe apartarse si ya interviene un tribunal"
En una comparecencia ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) para las relaciones con el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, el actual Defensor del Pueblo, ha contestado a las críticas provenientes del PP y Vox por su decisión de no recurrir la Ley de Amnistía ante el Tribunal Constitucional. Gabilondo ha destacado que la ley que regula su cargo establece que debe apartarse cuando haya intervenido el poder judicial y confía en que el Alto Tribunal se pronunciará sobre la constitucionalidad de la norma aprobada para exonerar a los condenados por el proceso independentista catalán.
El Defensor del Pueblo ha hecho especial hincapié en que ha obrado con total respeto hacia el Poder Judicial, así como hacia las personas ya beneficiadas por la amnistía, incluyendo a los policías, y también al Congreso que aprobó la ley. Ha expresado su respeto tanto por quienes encuentran justa como por quienes consideran injusta la amnistía, reconociendo las opiniones de detractores y defensores por igual.
Gabilondo ha recordado que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña han presentado una cuestión de inconstitucionalidad, lo que garantiza que el Constitucional emitirá un juicio sobre la legalidad de la amnistía. Además, ha subrayado que la amnistía no es un derecho, sino una gracia, y que su función es otorgar beneficios penales a ciertos ciudadanos, sin embargo, esto no limita las posibilidades de actuación del Defensor del Pueblo pero no puede ser ignorado.
El Defensor ha insistido en que será el Tribunal Constitucional quien determine la constitucionalidad de la ley y, de esta forma, se resolverán los aspectos que han causado controversia política. Ha advertido que no resulta prudente presumir aspectos legales complejos sin un análisis detenido de la norma en cuestión.
Además, ha reiterado que la Defensoría del Pueblo es un órgano independiente y que tiene el derecho, pero no la obligación, de recurrir al Tribunal Constitucional. Recalcó que la publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado no implica su aplicación y que corresponde a los tribunales decidir al respecto.
En conclusión, Gabilondo ha enfatizado en la importancia de respetar las decisiones judiciales y ha destacado que su papel como Defensor del Pueblo se limita a supervisar las administraciones y decidir sobre la impugnación de leyes. Ha defendido la presunción de constitucionalidad de una ley aprobada por el Congreso y ha negado que dicha ley atente contra la seguridad jurídica o el principio de igualdad ante la ley.
Finalmente, ha recordado que la Constitución permite regular situaciones de manera diferenciada siempre que existan razones objetivas para ello. Respecto a la supuesta arbitrariedad de la ley de amnistía, ha recordado cómo el Constitucional ha respaldado leyes controvertidas en el pasado y ha dejado en manos del Alto Tribunal la determinación de la validez de la norma.
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