24h España.

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El INE registra un aumento del 2,20% en su índice de alquileres para noviembre.

El INE registra un aumento del 2,20% en su índice de alquileres para noviembre.

En una reciente actualización que promete tener un impacto significativo en el mercado del alquiler, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha dado a conocer, por primera vez, el nuevo índice que servirá de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento. Este índice se estableció en un 2,20% interanual correspondiente al mes de noviembre y marca un paso importante hacia la regulación del alquiler en España.

A partir del 2025, todos aquellos contratos de alquiler que se hayan firmado desde la implementación de la Ley de Vivienda, la cual entró en vigor el 25 de mayo de 2023, deberán basar sus ajustes de renta en este novedoso índice que ahora brinda el INE. Esta medida busca ofrecer una mayor transparencia y regulación en los precios de la vivienda, un tema que ha suscitado intensos debates en las últimas décadas.

El INE se compromete a publicar este índice de manera mensual, utilizando los datos más recientes disponibles, lo cual proporcionará a propietarios e inquilinos una guía clara sobre cómo se revalorizarán los contratos de arrendamiento que se hayan formalizado después de mayo de 2023. Este índice no solo representará un límite, sino que también se considera una herramienta clave para prevenir aumentos injustificados en los precios del alquiler.

El nuevo índice incorpora varias métricas, entre las que se incluyen el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la inflación subyacente, así como las variaciones anuales de ambos. También se incluirá un parámetro que contempla el crecimiento a largo plazo del índice, tal como lo ha propuesto la Dirección General de Política Económica.

Para asegurar que este índice cumpla con su objetivo de estabilidad y previsibilidad, se aplicará un coeficiente moderador que se determinará en conjunto por el Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Economía. Este coeficiente considerará las dinámicas del mercado del alquiler, lo cual es crucial en un contexto donde las condiciones del mercado cambian rápidamente.

La reglamentación que ahora se establece confirma que el nuevo índice será utilizado como el límite para la actualización anual de los contratos de arrendamiento, eligiendo el valor más bajo entre las distintas tasas de variación anual disponibles. Esta medida no solo permite un mayor control sobre los aumentos de renta, sino que también busca equilibrar la relación entre arrendadores e inquilinos, en un escenario donde la vivienda asequible es una necesidad apremiante para muchos.

El lanzamiento de este índice responde a las disposiciones de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que fue diseñada para combatir los incrementos desmedidos en las rentas de alquiler. Según lo estipulado en esta ley, el INE debía definir un índice antes del 31 de diciembre de 2024, y esta medida se alinea con los objetivos de proteger a los inquilinos en un contexto de crisis habitacional.

Es importante recordar que durante el año 2024, se limitó de manera excepcional la actualización del alquiler al 3%, en respuesta a la crisis inflacionaria provocada por la guerra en Ucrania. Esta medida se sumó a otros topes previos que el Gobierno implementó, como la limitación de actualizaciones para 2022 y 2023, las cuales se basaron en el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), fijado en un tope del 2% y nunca inferior al 0%.

Los contratos de alquiler firmados antes de la implementación de la Ley por el Derecho a la Vivienda continuarán utilizando el IPC o el IGC para sus respectivas actualizaciones anuales, según lo acordado en cada contrato. Esta distinción es clave para proteger los derechos de aquellos inquilinos que ya han firmado acuerdos antes de los nuevos cambios legislativos.

De acuerdo con fuentes del Ministerio de Vivienda, la revalorización anual de los alquileres dependerá de las condiciones firmadas por los inquilinos en sus contratos previos a mayo de 2023, y se realizará teniendo en cuenta el dato de inflación disponible en el momento de cada actualización o el IGC, siempre respetando el límite del 2% establecido.