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Expertos consideran complicado responsabilizar penalmente a políticos por su gestión ante la DANA.

Expertos consideran complicado responsabilizar penalmente a políticos por su gestión ante la DANA.

El 14 de noviembre, en Madrid, se está creando un panorama preocupante tras la devastadora DANA que golpeó Valencia y ciertas áreas de Castilla-La Mancha el pasado 29 de octubre, causando al menos 223 fallecimientos y daños materiales de gran magnitud. Ante esta situación trágica, ya se han comenzado a presentar diversas querellas, denuncias y demandas. No obstante, expertos consultados por Europa Press advierten sobre las dificultades que existen para exigir responsabilidades penales a las autoridades gubernamentales, ya sean del Ejecutivo de Pedro Sánchez o del de Carlos Mazón.

En este contexto, el Tribunal Supremo ha recibido un total de nueve denuncias y querellas, en su mayoría de autores variados que van desde el partido Vox hasta asociaciones dedicadas a la lucha contra la corrupción y particulares. Estas acciones legales se centran en afirmar que hubo supuestos delitos de omisión del deber de socorro y homicidio imprudente, dirigiendo sus acusaciones contra figuras como Sánchez, así como a los ministros Fernando Grande-Marlaska, Margarita Robles y Teresa Ribera, además del propio Mazón y el gobierno valenciano.

A estas denuncias se añaden dos acciones contencioso-administrativas ingresadas ante el alto tribunal. Una de ellas, interpuesta por un abogado valenciano, sostiene que tanto Sánchez como Grande-Marlaska mostraron una “clara inactividad” ante la emergencia provocada por la DANA. La otra, presentada por la asociación Liberum, cuestiona ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV) la acción del gobierno de Sánchez, señalando incumplimientos de sus obligaciones legales, y ha sido trasladada al Supremo.

Sin embargo, los catedráticos de Derecho Penal son reacios a considerar que haya un posible delito de omisión del deber de socorro a nivel penal, ya que esto implicaría la existencia de una intención deliberada de no ayudar, algo que consideran poco plausible dada la naturaleza de las administraciones públicas frente a una catástrofe natural. Uno de los expertos menciona que "sería una locura" establecer tal acusación en este contexto.

Los expertos sitúan las acciones de los responsables políticos en la esfera de la imprudencia, dado que "nadie ha querido que esto ocurra". Específicamente, destacan dos posibles delitos: daños y homicidios por imprudencia. Sin embargo, subrayan que en derechos penales es crucial establecer una “relación de causalidad” entre la presunta negligencia y cada daño y fallecimiento ocurrido, lo que, en un desastre natural, se vuelve casi imposible de probar.

La dificultad de demostrar una relación directa de causa y efecto es un punto recurrente entre los penalistas consultados. Un experto explica que "no se podrá comprobar que únicamente la actuación política fue responsable de los daños y muertes", aludiendo a otros factores, como la decisión de algunos ciudadanos de salir a buscar sus coches o circular por las carreteras durante la tormenta.

Ante este panorama, es escasa la posibilidad de que las acciones penales contra políticos y administraciones públicas tengan éxito. Un abogado especializado destaca que en nuestra jurisprudencia es raro encontrar precedentes donde se haya responsabilizado penalmente a altos funcionarios por lesiones o muertes ocasionadas por una mal manejo durante catástrofes.

Las víctimas también pueden explorar la vía de la jurisdicción contencioso-administrativa, donde podrían reclamar una responsabilidad patrimonial. Esto implica demostrar el daño, lo cual podría ser relativamente sencillo, pero también la existencia de un “deber de actuar”, que variaría dependiendo de cada administración, ya que las responsabilidades pueden diferir entre las varias instituciones encargadas de la emergencia, como AEMET o la Generalitat.

Sin embargo, el gran desafío radica en establecer un nexo causal entre la falta de acción de las autoridades y los daños sufridos. Los expertos advierten que determinar lo que podría haberse evitado si se hubieran tomado diferentes decisiones es un proceso complejo. Por tanto, se cuestiona si los daños a vehículos, viviendas o comercios habrían sido sustancialmente diferentes, o si la mayoría de ellos eran inevitables. También se discute si un aviso más contundente habría cambiado el número de fallecidos.

Por otro lado, se plantea la posibilidad de que algunas vidas hubieran podido salvarse, como aquellas de personas atrapadas en niveles bajos de edificios que podrían haber subido a plantas superiores. Sin embargo, también existe el riesgo de que, en una situación de caos, otros ciudadanos hubieran estado en peligro al intentar evacuar en masa por carretera.

Además, se considera la opción de la responsabilidad civil, aunque esta generalmente es económica. Jorge Hidalgo, abogado especializado en litigación y derecho civil, explica que las pólizas de seguro privadas suelen excluir situaciones de fuerza mayor, como una DANA. Por lo tanto, las reclamaciones se deben presentar al Consorcio de Compensación de Seguros, que ya ha recibido casi 160.000 solicitudes hasta la fecha.

Hidalgo identifica dos problemáticas potenciales en este proceso. La primera es que las tarifas ofrecidas por el Consorcio podrían no ser adecuadas para cubrir los daños, lo que podría resultar en litigios adicionales. La segunda es que, aunque la cuantificación de los daños fuera correcta, el proceso podría extenderse por años, obligando a continuar luchando legalmente para conseguir la indemnización adecuada.