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La Justicia europea ordena a Bruselas compensar a un usuario por el envío de datos personales a EE. UU.

La Justicia europea ordena a Bruselas compensar a un usuario por el envío de datos personales a EE. UU.

BRUSELAS, 8 de enero.

En un fallo significativo que resuena con las preocupaciones sobre la privacidad digital, el Tribunal General de la Unión Europea ha determinado a favor de un ciudadano que demandó a la Comisión Europea. La institución comunitaria fue condenada a otorgar una indemnización de 400 euros a este usuario debido a una serie de fallos en la gestión de sus datos personales, que surgieron cuando se registró por internet para un evento promovido por la misma Comisión.

El trasfondo de este caso se sitúa entre 2021 y 2022, periodo en el que el demandante utilizó una plataforma digital proporcionada por la Comisión para inscribirse en actividades relacionadas con la Conferencia sobre el Futuro de Europa. Durante este proceso, el usuario optó por registrarse a través de Facebook, sin saber que esto implicaría que su dirección IP sería transmitida a la corporación estadounidense Meta Platforms.

La denuncia presentada por el afectado subraya la preocupación sobre la transferencia no autorizada de sus datos personales, específicamente su dirección IP y detalles sobre su navegador y dispositivo. Esta transferencia se llevó a cabo en un contexto donde no existía un acuerdo de protección de datos entre la Unión Europea y Estados Unidos, dejando al demandante expuesto a potenciales riesgos de acceso por parte de servicios de inteligencia norteamericanos.

El demandante argumentó que la falta de medidas adecuadas por parte de la Comisión Europea ponía en peligro su privacidad y cuestionó la legitimidad de este intercambio de información, que consideró carente de las garantías necesarias. El tribunal europeo, al analizar el caso, concluyó que la Comisión había violado de manera clara una normativa de la Unión que busca proteger los derechos individuales en relación con datos personales.

La sentencia detalla que Bruselas no cumplió con los requisitos fundamentales que establece el Derecho de la Unión para la transferencia de datos a países terceros. Además, el tribunal brindó motivo para afirmar que no existían cláusulas de protección contractual que aseguraran la seguridad de los datos, dejando el registro mediante Facebook vulnerable a las políticas de privacidad de esta red social.

En su resolución, el tribunal también estableció una conexión directa entre el incumplimiento de la Comisión y el sufrimiento de daños inmateriales del demandante relacionados con la inseguridad en el tratamiento de su información personal, resultando en la condena a la institución a pagar la indemnización mencionada.

No obstante, la corte desestimó la solicitud del demandante de una compensación adicional de 800 euros, que buscaba reparar el presunto daño causado por la violación de su derecho a acceder a la información. En este aspecto, el tribunal descartó que sus datos personales se hubieran trasladado sin garantías a Amazon Web Services, argumentando que, según el contrato establecido, las transferencias de datos se realizaban bajo condiciones que aseguraban su protección dentro del territorio europeo.

Este veredicto resalta la creciente atención y escrutinio sobre cómo se manejan los datos personales en un contexto internacional, al mismo tiempo que plantea interrogantes sobre la responsabilidad de las instituciones en la defensa de la privacidad de los ciudadanos ante un paisaje digital cada vez más complejo.