Trabajo identifica 2.688 becarios ficticios entre 2021 y 2023: El nuevo Estatuto podría imponer multas de hasta 225.000 euros.
En un avance significativo hacia la protección de los derechos de los aspirantes a profesionales, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha identificado entre 2021 y 2025 un alarmante total de 2.688 casos de falsos becarios, durante 6.519 inspecciones. Esta problemática podría recibir un fuerte golpe gracias a la implementación del nuevo Estatuto del Becario, que contempla sanciones de hasta 225.018 euros para las empresas que incurran en esta práctica engañosa.
Recientemente, el Consejo de Ministros ha dado luz verde al proyecto de Ley que establece el Estatuto de las Personas en Formación Práctica No Laboral en el ámbito empresarial. Este marco legal, que toma forma más de dos años después de la colaboración inicial entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos, se ha desarrollado sin la participación de la patronal, lo que ha generado ciertos roces durante su aprobación.
Con su naturaleza legislativa, esta iniciativa, que ha suscitado diferencias internas entre socios de Gobierno como el PSOE y Sumar, tendrá que ser discutida en las Cortes Generales. La reciente ruptura de Junts con el Ejecutivo aumenta la incertidumbre respecto a su aprobación definitiva.
El nuevo Estatuto del Becario se alinea con los objetivos de la Reforma Laboral de 2021 y busca erradicar prácticas desleales como el uso fraudulento de becarios, un fenómeno que, según el Ministerio, ha resultado en la regularización de aproximadamente 1.600 becarios irregulares entre 2021 y 2023.
Facilitando la labor inspectora y ofreciendo protección a los que están en formación, esta norma clarifica la diferencia entre relaciones laborales y actividades formativas. La ley estipula que las prácticas no laborales deben estar asociadas a estudios universitarios oficiales o a la Formación Profesional, y de no ser así, se entenderán como relaciones laborales.
El proyecto establece también que si un becario cubre las funciones de un trabajador o si la formación y la actividad no están adecuadamente alineadas, se considerará una relación laboral. Además, las empresas que ofrecen prácticas deben formalizar un acuerdo con el centro educativo que establezca aspectos clave como la duración de las prácticas y los planes de formación específicos.
El marco normativo limita la carga de tutores, permitiendo que cada uno supervise a un máximo de cinco becarios, o a tres en empresas con menos de 30 empleados. Además, las prácticas no podrán superar el 20% de la plantilla total, aunque se permitirá que todas las empresas recluten al menos a dos becarios, independientemente de su tamaño.
Sorprendentemente, para combatir la discriminación económica, esta normativa prohíbe que el acceso a las prácticas esté condicionado al pago. Igualmente, se asegura el derecho de los becarios a una compensación de gastos y a disfrutar de los mismos beneficios que los trabajadores en el centro, incluyendo servicios y derechos laborales básicos.
Los becarios también están protegidos por normas sobre descanso y vacaciones, reafirmando el derecho a disfrutar de su tiempo libre según lo establecido en los convenios colectivos y leyes aplicables a los trabajadores. La ley enfatiza además la necesidad de que las prácticas sean compatibles con la formación y, siempre que sea posible, con las actividades laborales del becario.
Por último, el nuevo estatuto establece medidas de protección en relación a la seguridad y salud de los becarios, previniendo situaciones de acoso en el marco de su desarrollo profesional dentro de la empresa.