En Madrid, el 28 de octubre, la empresa Alquiler Seguro ha revelado que ha recibido una notificación del Ministerio de Consumo informándole de una propuesta de sanción por un monto de 3,6 millones de euros. Ante esta situación, la compañía ha decidido presentar alegaciones en el plazo estipulado para argumentar la legalidad de sus operaciones.
Alquiler Seguro defiende su posición, asegurando que opera dentro del marco legal vigente y desestimando las acusaciones de prácticas abusivas en la gestión de arrendamientos. La empresa sostiene que todos sus servicios, orientados tanto a propietarios como a inquilinos, son claros, públicos y opcionales, indicando que cualquier coste asociado a la gestión del contrato es responsabilidad del arrendador, tal como se especifica en sus contratos de prestación de servicios.
En su comunicación oficial, la empresa califica el monto estipulado por el Ministerio de Consumo en la propuesta de sanción como "excesivo e injustificado". Alquiler Seguro ha hecho hincapié en que se opondrá a cualquier sanción y que planea defender sus actividades en la etapa de presentación de alegaciones, según un comunicado que ha sido compartido con Europa Press.
La propuesta de sanción, que ahora será evaluada por el secretario general de Consumo y Juego, Andrés Barragán, permanecerá en estudio durante los próximos meses mientras se espera una decisión tras el análisis de las alegaciones presentadas por las partes implicadas.
Entre las supuestas irregularidades que señala el Ministerio de Consumo, se incluyen la imposición de un servicio de atención al inquilino que, según se argumenta, encubre costos que deberían ser asumidos por el propietario. También se menciona la obligación de contratar un seguro del hogar y un estudio de solvencia económica, así como la restricción del derecho de desistimiento del contrato y la responsabilidad de los inquilinos por todos los gastos relacionados con reclamaciones, ya sean judiciales o extrajudiciales.
Por su parte, Alquiler Seguro ha indicado que recibió recientemente una nueva resolución judicial que respalda su postura, confirmando que todos sus servicios son de carácter voluntario y benefician a sus clientes. Esta nueva sentencia se suma a dos dictámenes previos que favorecen a la empresa, haciendo un total de tres fallos en su favor que desestiman las acusaciones en su contra.
En particular, el Juzgado de Primera Instancia nº 104 de Madrid desestimó una demanda presentada contra Alquiler Seguro relacionada con el cobro de este servicio, indicando que no solo no se trata de una práctica abusiva, sino que se incluye una serie de prestaciones opcionales que resultan útiles para los inquilinos durante la duración del contrato de alquiler.
En sus conclusiones, el fallo afirmó que la empresa proporcionó un contrato de servicio de atención al inquilino "sin imposiciones", permitiéndole al demandante la opción de arrendar directamente la vivienda sin recurrir a sus servicios. Además, el tribunal desestimó la reclamación de un inquilino que pedía la devolución del costo de este servicio, subrayando que este fue contratado de manera voluntaria y que el demandante había disfrutado de las prestaciones ofrecidas en varias ocasiones.
La resolución concluyó afirmando que, dado que existió una relación contractual entre las partes que se desarrolló conforme a los términos acordados, la solicitud de reembolso carecía de fundamento válido y debía ser desestimada, tal como lo estipula la normativa vigente.
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