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Diego 'El Cigala' sentenciado a más de dos años de prisión por maltrato a su expareja.

Diego 'El Cigala' sentenciado a más de dos años de prisión por maltrato a su expareja.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez de la Frontera, en Cádiz, ha dictado una condena que ha hecho eco en la sociedad al imponer dos años y un mes de prisión a Ramón J.S., conocido artísticamente como Diego 'El Cigala'. La sentencia, que se ha notificado a las partes involucradas, condena al artista por incidencias de malos tratos contra su exesposa. Cabe señalar que esta decisión no es definitiva, ya que se puede presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha informado que la jueza ha señalado varios delitos en su veredicto. En primer lugar, le ha impuesto seis meses de cárcel por una agresión cometida en un hotel de Jerez, además de prohibirle comunicarse o acercarse a menos de 200 metros de la víctima por un periodo de dos años. Esta medida es un claro ejemplo del compromiso judicial frente a la violencia de género.

La sentencia también incluye una segunda condena, esta vez por otra agresión sucedida en un hotel de Palafrugell, en Girona. En este caso, se le ha impuesto una pena de ocho meses de prisión, a lo que se suma la misma prohibición de acercamiento y comunicación, manteniendo la protección de la víctima en el centro de la resolución judicial.

En un tercer cargo, el acusado ha sido condenado por un delito de malos tratos agravados. Esta figura legal se ha aplicado luego de que la jueza considerara que los hechos ocurridos en el domicilio familiar de Jerez, donde vivían con sus hijos, presentaban una gravedad adicional, imponiéndole once meses de prisión y reiterando la prohibición de acercamiento.

Adicionalmente, el tribunal ha determinado una pena por un delito leve y continuado de vejaciones en el contexto doméstico, que se traduce en 25 días de localización permanente, siempre en un domicilio diferente y distante de la víctima. Esta combinación de medidas refleja un esfuerzo integral por asegurar la seguridad de quienes han sufrido violencia dentro del ámbito familiar.

Asimismo, en el juicio llevado a cabo el 7 de noviembre, la magistrada absolvió al acusado de un delito de maltrato agravado que se habría producido en el aeropuerto de Punta Cana, ya que no se logró demostrar que el acusado hubiera ejercido violencia en esa situación en particular.

De acuerdo con el comunicado del TSJA, la jueza ha decidido mantener en vigencia las medidas cautelares de protección previamente dictadas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Jerez, pero no se ha pronunciado sobre la posibilidad de compensación económica para la víctima. Este aspecto se ha visto influido por la evaluación de los expertos de la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género, quienes no encontraron síntomas psicológicos en la denunciante.

La magistrada también ha enfatizado que la ley reconoce el principio de justicia rogada cuando se trata de la acción civil, por lo que solo puede ser considerada la solicitud de indemnización por secuelas psicológicas, excluyendo cualquier reparación por daños morales, lo que pone de relieve las limitaciones del sistema judicial en estos casos.

En el contexto de su relación, que comenzó en 2014 y que dio lugar a dos hijos, la jueza ha señalado que la mujer dependía económicamente del artista. En su vida en República Dominicana, nunca tuvo acceso a una cuenta bancaria propia ni a los recursos financieros para costear sus necesidades, corroborando así una dinámica de control que exacerba la situación de vulnerabilidad de la víctima.

A lo largo de la relación, la jueza ha acreditado que la víctima fue objeto de denigraciones constantes, que incluían insultos como "puta" y "desgraciada", además de ser echada de la casa en ocasiones como forma de desprecio, lo que sitúa el contexto de violencia no solo física, sino también emocional.

El fallo menciona un incidente significativo en el verano de 2017, en el que, tras una discusión en un hotel, el acusado propinó una bofetada a la víctima. Otro episodio violento tuvo lugar después de un concierto en julio de 2019, durante el cual el condenado empujó a su pareja, causándole una caída y continuando con la agresión a pesar de que no se registraron lesiones visibles.

Finalmente, la jueza ha encontrado probado que durante una discusión en noviembre de 2020, el acusado la tomó del cuello, manifestando claramente un comportamiento violento en diferentes ocasiones. Sin embargo, la magistrada no ha aceptado que la relación entre ambos estuviese marcada por una asimetría de poder o un control financiero que limitara la libertad de la víctima, un aspecto debatido que refleja las complejidades de los casos de violencia de género.