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El juez cierra el caso de estafa en la venta de vinos de Valdepeñas y critica la falta de supervisión.

El juez cierra el caso de estafa en la venta de vinos de Valdepeñas y critica la falta de supervisión.

La reciente decisión del juez José Luis Calama de la Audiencia Nacional ha generado un gran revuelo en el sector vitivinícola, al archivar una causa que comprometía a reconocidas bodegas bajo la Denominación de Origen Protegida (DOP) Valdepeñas, como son Félix Solís y García Carrión. Esta medida se deriva de acusaciones sobre la venta de vinos que, supuestamente, no cumplían con los estándares de crianza, reserva o gran reserva que promulga la legislación vigente.

En un auto judicial, al que tuvo acceso Europa Press, el magistrado ha destacado la falta de un control adecuado dentro del sector. Esta carencia de supervisión de productores, entidades certificadoras y también de la Administración Pública ha dificultado establecer, con la precisión necesaria en un proceso penal, si efectivamente se comercializaron vinos que no se alineaban con la calidad que proclamaban las etiquetas.

Calama ha hecho hincapié en que la "relajación", ya sea motivada por intereses ocultos o por negligencia, ha llevado a un sistema donde el control es más aparente que real. Según el magistrado, la insuficiencia de evidencias concretas no permite continuar con un proceso acusatorio sólido. Este razonamiento también se alinea con la opinión del Ministerio Fiscal, que considera inadecuado basar acusaciones en meras suposiciones, por muy firmes que parezcan.

A pesar de archivar el caso, el juez ha decidido remitir los hallazgos a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, sugiriendo que se tomen las acciones administrativas pertinentes en relación a las irregularidades detectadas.

Este proceso legal comenzó en abril de 2021, tras una denuncia de la Fiscalía que alegó delitos de publicidad engañosa, estafa y falsedad documental en contra de cuatro bodegas en Valdepeñas, incluyendo a García Carrión y Félix Solís, así como a las bodegas Fernando Navarro y Fernando Castro. Cabe destacar que el sobreseimiento provisional de las dos últimas se decretó en octubre de 2023.

En una investigación inicial, se había señalado a Félix Solís por presuntamente haber comercializado vinos tintos con menciones de crianza, reserva y gran reserva en cantidades mucho mayores a las reportadas al Consejo Regulador durante los años 2017, 2018 y 2019. En cuanto a García Carrión, el análisis de documentos había revelado que dicha empresa podría haber vendido vinos que no cumplían con los estándares de elaboración establecidos por la ley.

Sin embargo, el juez ha señalado que tras una exhaustiva investigación, no se ha logrado demostrar que las irregularidades imputadas a estas bodegas constituyan delitos como la publicidad engañosa y la estafa. Entre los investigados, se escucharon testimonios de figuras prominentes de García Carrión y de Félix Solís, que aportaron información sobre las operaciones de sus empresas.

Respecto al posible delito de publicidad engañosa, el juez ha observado que falta uno de los elementos clave: la capacidad de causar un daño significativo a los consumidores. A su vez, en relación con la estafa, se ha determinado que las investigaciones no han encontrado pruebas suficientes de engaño que justifiquen el juicio a los implicados.