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Nacional 29 de Marzo de 2026 · 09:59h 4 min de lectura

El PP propone reformar la ley para restringir beneficios a quienes cumplen penas de prisión permanente.

En un acto que ha encendido el debate político en España, el Partido Popular (PP) ha presentado una proposición no de ley en el Congreso con el objetivo de promover una reforma legal. Esta reforma buscaría asegurar que aquellos condenados a prisión permanente revisable no tengan acceso a ningún tipo de beneficio penitenciario.

La iniciativa surge tras la controversia en torno a la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario al etarra Garikoitz Aspiazu Rubina, conocido como 'Txeroki'. Este artículo permite cierto grado de flexibilización en la ejecución de las penas, lo que lleva a que condenados en segundo grado puedan acceder a condiciones de semilibertad.

El PP ha enfocado su crítica en cómo algunos presos de ETA en el País Vasco, clasificados en tercer grado, han logrado beneficiarse de una interpretación del artículo 86. Este artículo establece que los internos deben pasar al menos ocho horas diarias en prisión, aunque se puede eludir esta obligación si el preso acepta el uso de dispositivos de control telemático, lo que ya ha sido aprovechado por "cerca de 70 etarras".

Desde la perspectiva del PP, es "inadmisible" que las interpretaciones de la ley permitan eludir las penas impuestas por los tribunales, lo que, a su juicio, vulnera la idea de cumplimiento efectivo de las sentencias. Aunque los presos mencionados no fueron condenados con la prisión permanente revisable, esto ha generado un debate más amplio sobre la necesidad de modificar la legislación penitenciaria en relación con los beneficios para estos condenados.

El partido sostiene que la inclusión de la prisión permanente revisable en el Código Penal fue una respuesta necesaria para garantizar que los crímenes más severos reciban castigos acordes a su gravedad. Sin embargo, critica las carencias actuales en la regulación penitenciaria que dificultan la correcta ejecución de esta pena extraordinaria.

De acuerdo con el PP, la falta de claridad en la Ley Orgánica General Penitenciaria respecto a aspectos como el acceso al tercer grado y los beneficios penitenciarios ha creado una "incertidumbre jurídica". Esto podría dar lugar a interpretaciones que disminuyan la efectividad de la pena, causando preocupación en la sociedad.

Aunque destacan que el cumplimiento efectivo de condenas entre 25 y 35 años es esencial para considerar cualquier revisión, el PP argumenta que permitir beneficios penitenciarios antes de cumplir con el período mínimo equivale a "desnaturalizar" la pena y romper el principio de proporcionalidad en la justicia.

Desde este partido consideran que el principio de proporcionalidad debe estar estrechamente relacionado con la gravedad del delito, y abogan por una reinserción que, si bien debe ser posible, debe estar condicionada al cumplimiento efectivo de la sentencia y a una evaluación clara de la no reincidencia del condenado.

Por lo tanto, el PP ha instado al Gobierno a llevar a cabo una reforma de la Ley Orgánica General Penitenciaria, añadiendo una regulación "específica y diferenciada" para la prisión permanente revisable. Proponen en este contexto incluir en el artículo 72 una referencia directa a los condenados bajo esta pena, ajustar las competencias de la Sección de Vigilancia Penitenciaria en el artículo 76 y regular la prohibición de beneficios penitenciarios antes de que se cumpla el plazo legal mínimo para poder acceder a ellos. También insisten en que la revisión de las penas solo debe ser viable cuando exista un pronóstico "inequívocamente favorable" de reinserción.

De manera particular, el primer partido de la oposición ha sugerido al Ejecutivo un cambio legal que impida que los condenados por terrorismo se beneficien de un régimen de ejecución de pena que combine aspectos propios de los segundos y terceros grados, reforzando así su postura de que la severidad en las condenas debe estar alineada con la gravedad de los delitos cometidos.

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