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El Tribunal Supremo niega la cobertura en vivo de la declaración de Cerdán por supuestos fraudes en contratos de obra.

El Tribunal Supremo niega la cobertura en vivo de la declaración de Cerdán por supuestos fraudes en contratos de obra.

El Punto Neutro Judicial se encuentra disponible para facilitar la solicitud de información respecto al exlíder del PSOE.

En el marco del 'caso Koldo', el instructor del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha decidido no permitir la transmisión en vivo de la declaración del exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, prevista para el próximo lunes. Esta decisión se basa en su juicio de que esa petición contradice el principio de confidencialidad que rige la fase de instrucción, sin lugar a interpretaciones.

En una reciente providencia, Puente subrayó que la solicitud hecha por Cerdán es “inconciliable” con el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que los procedimientos sumarios son reservados hasta que se inicie el juicio oral. Este argumento refuerza la postura del Tribunal en mantener la privacidad del proceso en esta etapa delicada.

A pesar de ser consciente de que filtraciones relacionadas con las declaraciones han emergido en el pasado, el magistrado enfatiza que desde que se implementaron medidas para restringir el acceso a grabaciones en video, ha habido una notable disminución en las filtraciones sobre el caso. Puente resalta que esta situación ha mejorado significativamente desde que se prohibió la entrega de grabaciones a las partes involucradas, obligándolas a acudir al tribunal para consultarlas.

El instructor expresa su preocupación sobre la falta de mecanismos adecuados para frenar este tipo de filtraciones y señala que la existencia de este problema debería hacer reflexionar a los legisladores. Sin embargo, aclara que no es apropiado responder a una disfuncionalidad con otra medida que agrave la situación, y resalta que aceptar la petición de Cerdán implicaría ignorar leyes vigentes.

Además, el magistrado abordó una segunda solicitud presentada por Cerdán, que busca obtener toda la información disponible sobre él y su familia de los registros públicos, para compararla con los datos patrimoniales que se compromete a presentar. Puente acepta esta solicitud en parte, pero rechaza los pedidos relacionados con la esposa y la hija de Cerdán, citando que el investigado no tiene la autoridad para solicitar esos datos.

La defensa de Cerdán había argumentado la necesidad de habilitar los medios para que la audiencia pueda seguir el proceso en directo, citando el interés público que rodea a un caso de corrupción que involucra a figuras relevantes, incluyendo un exministro. Le dan especial énfasis a la importancia del seguimiento público para asegurar la transparencia en un procedimiento que involucra a miembros del Gobierno.

Cerdán sostuvo que, aunque la investigación penal debería ser reservada, el interés público en los detalles de este caso ha provocado que la información se propague de manera descontrolada a través de diversos medios. Criticó que esa difusión no contribuye a la transparencia, sino que se traduce en un juicio paralelo que compromete la presunción de inocencia y las garantías del proceso.

Ante esta situación, Cerdán argumentó que, para proteger sus derechos fundamentales, la solución debería ser aumentar la transparencia del procedimiento, permitiendo un acceso más amplio a las diligencias de investigación, en lugar de restringir la cobertura mediática. Su objetivo es que la sociedad esté completamente informada de lo que está ocurriendo.

Por último, reiteró que, dada la significancia de su declaración como investigado y la necesidad de corregir el juicio paralelo que está afectando su caso, instó a que se levante el carácter reservado de la misma y se dispongan recursos adecuados para su transmisión pública, ya sea a través de un canal específico de video en línea o mediante la televisión pública.