
El juez de lo Mercantil número 3 de Madrid ha tomado una sorprendente decisión que ha generado revuelo en el mundo musical. Según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, los descendientes del músico José Torregrosa deberán devolver el 100% de los ingresos recaudados en calidad de derechos de autor de 37 canciones de Paco de Lucía, al reconocer al maestro flamenco como único autor.
La demanda había sido presentada por los hijos del músico y su viuda contra los herederos de Torregrosa, quienes seguían cobrando el 50% de los derechos por transcribir las piezas a partituras. En la sentencia, el juez ha señalado que “el único autor de las obras es Paco de Lucía y que ninguna de las mismas puede ser considerada obra derivada”. Además, ha condenado a la familia Torregrosa a pagar una indemnización de 10.000 euros en concepto de daño moral.
Pero las decisiones del juez no acaban ahí. También ha prohibido a la parte demandada hacer mención alguna a José Torregrosa Alcaraz como coautor de las obras, y ha ordenado el cese de cualquier explotación de las mismas. Asimismo, deberán reintegrar las cantidades percibidas hasta ahora en concepto de derechos de autor.
Entre las 37 obras cuya autoría ha sido reconocida únicamente a Paco de Lucía se encuentran algunas tan emblemáticas como ‘Entre dos aguas’, ‘Gitanos Trianeros’, ‘El Tajo’ o ‘Llanto a Cádiz’.
Este fallo seguro que será analizado con lupa por el mundo musical, ya que abre una interesante discusión sobre la figura del arreglista. ¿Debe tener su reconocimiento como coautor o su trabajo se debe limitar a la transcripción de las partituras?
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