Las comunidades autónomas están obligadas a garantizar el cumplimiento de la Ley contra el Desperdicio Alimentario y a imponer sanciones cuando sea necesario.
Las sanciones por incumplir la nueva Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario pueden ascender a un máximo de 500.000 euros, según lo estipulado en la normativa recientemente aprobada.
El 10 de abril se llevó a cabo una reunión informativa en Madrid, donde representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación explicaron las funciones que tendrán las comunidades autónomas en la supervisión de esta ley, la cual impone sujeciones importantes, como la obligación de donar alimentos excedentes, ofrecer envases para que los comensales lleven a casa lo que no consumen y poner a la venta productos “feos” en los supermercados.
La ley define varios tipos de infracciones y sus correspondientes sanciones: las leves, que conllevan un apercibimiento o multa de hasta 2.000 euros; las graves, que pueden variar de 2.001 a 60.000 euros; y las infracciones muy graves, que podrían ser penalizadas con multas entre 60.001 y 500.000 euros. Sin embargo, se establecen periodos de prescripción que varían de seis meses para las infracciones leves a dos años para las más graves.
El Ministerio ha manifestado que colaborará con entidades públicas en el desarrollo de guías de buenas prácticas durante los próximos meses, con el propósito de asistir a las organizaciones sociales en la implementación de la trazabilidad de los alimentos que gestionan, asegurando así un flujo responsable y controlado en la donación de productos.
Es fundamental que las organizaciones mantengan un riguroso control sobre los alimentos que reciben y distribuyen. La normativa también destaca la necesidad de asegurar la higiene y la adecuada conservación de estos productos, enfatizando que los alimentos donados deben ser entregados a personas en situaciones de vulnerabilidad, sin ninguna forma de discriminación por motivos de sexo, género, ideología u otros factores.
Además, se establece que los alimentos proporcionados como donaciones no deben ser comercializados de ninguna manera. La ley busca asegurar que el alimento destinado a quienes lo necesitan llegue efectivamente a ellos sin intermediarios que lucren con estas donaciones.
En lo que respecta a los plazos para que las empresas elaboren planes de prevención y acuerdos de donación, la normativa establece que estas disposiciones deberán estar en marcha un año después de la publicación oficial de la ley, programada para abril de 2026. Este plazo tiene como objetivo facilitar la adaptación de las empresas a las nuevas obligaciones y evitar sanciones inmediatas por falta de cumplimiento.
Se busca así que las empresas puedan hacer una transición adecuada hacia el cumplimiento de esta ley sin la presión de ser penalizadas antes de contar con los sistemas necesarios. Sin embargo, otras medidas de la ley comenzarán a regir inmediatamente.
La Ley de Desperdicio Alimentario introduce no solo obligaciones sancionadas, sino que también promueve una amplia gama de buenas prácticas recomendadas para mejorar la gestión de los alimentos y reducir el desperdicio.
Particularmente, para las empresas del sector cárnico ubicadas en áreas rurales donde escasean las entidades de apoyo, se ha diseñado una flexibilidad que permite a las micropymes y las empresas que no superen los 1.300 metros cuadrados donar sus excedentes. En caso de que no puedan realizar donaciones, la ley sugiere alternativas como la conversión de productos en piensos o su valorización energética, asegurando que siempre se priorice su utilización de la manera más eficiente posible.
En un enfoque proactivo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación planea presentar datos actualizados sobre el desperdicio de alimentos en hogares y establecimientos de hostelería en un futuro cercano, como parte de los esfuerzos para combatir este problema social y medioambiental.
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