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Madre condenada a 5 meses de prisión por utilizar a sus hijas para robar ropa

Madre condenada a 5 meses de prisión por utilizar a sus hijas para robar ropa

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 5 meses de prisión impuesta a una madre que utilizó a sus tres hijas para hurtar prendas de ropa en una tienda de Primark en Madrid. El tribunal rechazó el argumento de la mujer de que las menores habían participado "libre y voluntariamente" en el delito.

El caso se remonta a marzo de 2020, cuando la mujer utilizó a sus hijas de 8, 13 y 15 años para apropiarse de 31 artículos valorados en unos 200 euros. Según la sentencia, la madre pagó en caja una pequeña compra y luego se encontró en las escaleras mecánicas con sus hijas, quienes aprovecharon para ocultar más prendas en la bolsa en la que llevaban los artículos que sí habían pagado. Sin embargo, fueron interceptadas a la salida.

El Juzgado de Instrucción Número 11 de Madrid condenó a la mujer a 5 meses de prisión por hurto en grado de tentativa con la agravante de utilización de menores. La madre llevó su caso ante la Audiencia Provincial, pero la decisión del juzgado fue confirmada. Ante esta negativa, presentó un recurso de casación ante el Supremo.

El Supremo consideró que no había jurisprudencia al respecto y que era necesario abordar la cuestión. En su recurso, la mujer alegó que sus hijas no se habían visto obligadas o coaccionadas a cometer el delito, sino que habían participado "libre y voluntariamente" y acompañadas por ella.

El tribunal reconoció que no constaba que las menores fueran obligadas, pero argumentó que no se podía decir que participaron "libre y voluntariamente" en los hechos. El Supremo destacó que una de las hijas tenía 8 años, lo que dificultaba asumir que tuviera capacidad de discernimiento para decidir, y que es más probable que simplemente hiciera lo que su madre le indicaba.

En cuanto a las hijas menores de 14 años, el Supremo señaló que son inimputables y automáticamente pasan a ser un "instrumento" de la madre. En el caso de la hija mayor de 14 años, el tribunal aseguró que se debe determinar si hubo acuerdo o si la madre se valió de la menor.

Finalmente, el Supremo concluyó que ninguna de las tres hijas tuvo autonomía propia para decidir apropiarse de los efectos sustraídos y que se vieron sometidas a la voluntad de su madre, quien tenía capacidad para controlarlas debido a su papel de ascendencia. Por lo tanto, el tribunal declaró que la agravación estaba justificada y se rechazó el recurso de casación.