
La magistrada María Tardón, titular de la Audiencia Nacional, ha decidido presentar ante el tribunal a ocho individuos implicados en lo que se considera un entramado de irregularidades en la venta de las plantas de aluminio de Alcoa en A Coruña y Avilés. Según la jueza, este procedimiento se llevó a cabo con el presunto objetivo de desmantelar el patrimonio de las empresas, desviando sus activos hacia los bolsillos de los involucrados y a las estructuras empresariales que estos habían creado para tal fin.
En el auto que pone fin a la investigación y da paso a un procedimiento abreviado, la magistrada señala que las acciones realizadas podrían tipificarse como delitos de apropiación indebida, administración desleal, insolvencia punible, blanqueo de capitales, así como constitución o pertenencia a una organización criminal.
El documento, accesible a Europa Press, estipula que se archiva la causa en relación a una persona jurídica, Alcoa Inespal, y a cuatro personas físicas, mientras que el caso avanza contra ocho individuos que implican a nombres como Víctor Rubén Doménech, Joachim Magim, y Luis Losada, entre otros.
La jueza ha destacado que la causa se originó a raíz de una querella presentada por la Confederación de Cuadros Profesionales, preocupada por el complicado contexto económico que enfrentaba Alcoa Inespal SL, lo que llevó a la venta de sus plantas de producción de aluminio en Galicia y Asturias.
La transacción tuvo lugar en dos etapas, comenzando el 31 de julio de 2019, cuando Alcoa vendió sus dos centros de producción por un simbólico euro a las empresas Alu Holding AC Spain SLU y Alu Holding AVL 2019 Spain SLU, entidades que fueron creadas apenas unos días antes por el conglomerado Blue Motion Technologies, originario de Suiza.
La segunda fase de la venta, ocurrida el 8 de abril de 2020, evidenció un incumplimiento de los términos acordados, cuando Blue Motion Technologies volvió a vender las plantas por 13 millones de euros a System Capital Company, una sociedad española constituida también recientemente por uno de los investigados.
Según la magistrada, los 13 millones utilizados en esta operación fueron tomados de la tesorería de las empresas en cuestión, en un esquema que se sugiere fue diseñado por los implicados a quienes se asocia con la gestión fraudulenta.
La investigación ha revelado que, antes de la segunda venta, se realizaron transferencias a cuentas suizas de empresas controladas por los investigados, totalizando cerca de un millón de euros desde las cuentas de Alu Ibérica.
La jueza Tardón sostiene que a partir de esta segunda transacción irregular comenzó una serie de acciones destinadas a debilitar y despojar a las entidades de sus activos, canalizándolos hacia los patrimonios personales de los investigados o a estructuras empresariales que habían formado específicamente para ese propósito. Esto resultó en un grave perjuicio para los empleados y acreedores de las empresas afectadas.
Como ilustración de la estrategia empleada, la magistrada menciona que se crearon sociedades para inflar artificialmente el precio de productos, se simularon préstamos y se redirigieron fondos a empresas bajo el control de los acusados. Además, se señaló la asignación de un salario exorbitante a una de las investigadas, que también ha causado controversia.
Las fraudulentas maniobras se extendieron hasta que en julio de 2021 se designó a un administrador judicial, que posteriormente llevó a la solicitud de concurso de acreedores de estas empresas, una decisión que fue ratificada a finales de ese año.
Finalmente, Tardón ha subrayado cómo los investigados utilizaron las ganancias obtenidas para invertir en criptomonedas, buscando convertir posteriormente esos activos en moneda de curso legal. También se menciona que habrían atraído a terceros ofreciendo compensaciones por intercambiar dinero de origen incierto por criptoactivos y, eventualmente, en efectivo.
Con la emisión del auto que dirige a un procedimiento abreviado, la jueza concede un período de tiempo a la Fiscalía y a las partes acusadoras para que presenten sus solicitudes respecto a la apertura del juicio oral, incluyendo la formulación de acusaciones, el sobreseimiento del caso, o, en situaciones excepcionales, la realización de diligencias complementarias.
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