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El Supremo cierra la puerta a las solicitudes de Cerdán, limitando sus opciones de apelación.

El Supremo cierra la puerta a las solicitudes de Cerdán, limitando sus opciones de apelación.

El instructor del 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha decidido nuevamente desestimar las solicitudes de diligencias presentadas por Santos Cerdán, ex secretario de Organización del PSOE. Puente ha advertido que no se pueden utilizar los recursos judiciales para ejercer un "desahogo personal" en el contexto de la investigación que aborda las supuestas tramas de cobro de comisiones por obras públicas.

Esta resolución reafirma la negativa del instructor a aceptar las peticiones de la defensa de Cerdán, planteadas el 8 de septiembre. Entre estas, se encontraba la incorporación a la causa de documentos relacionados con otras investigaciones en la Audiencia Nacional que se vinculan al 'caso Koldo' y al 'caso Hidrocarburos'. También se pretendía comunicar al Congreso que el TS estaría investigando a aforados sin la debida autorización, y otros esfuerzos para cuestionar la validez de los audios del ex asesor Koldo García.

El magistrado ha señalado que el recurso presentado por Cerdán carece de argumentos novedosos, reiterando observaciones que ya habían sido planteadas por la defensa en escritos anteriores. Esta falta de originalidad en los razonamientos ha sido criticada por el propio instructor, quien argumenta que el recurso no ha aportado nuevas perspectivas.

Además, Puente aclaró que el recurso de reforma, que permite solicitar la revisión de una decisión judicial, no debe ser utilizado para criticar la actuación del instructor ni para expresar insatisfacción con su razonamiento. Específicamente, el magistrado rechazó el uso de calificativos despectivos hacia su trabajo y enfatizó que no es un espacio adecuado para establecer comparaciones inapropiadas con períodos históricos de represión.

En su resolución, el magistrado también se opone a la evaluación de la competencia del personal de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, contradiciendo las afirmaciones de la defensa de que estos investigadores "carecen de pericia acreditada". Puente reafirma la validez de la labor de estos agentes en la investigación anticorrupción.

El instructor, haciendo referencia a sus argumentos previos, ha instado a Cerdán a considerar la posibilidad de apelar su decisión ante otros magistrados, en caso de que no esté de acuerdo con él. Esta invitación subraya el respeto al derecho de la defensa a buscar nuevas vías legales.

En relación con los audios del ex asesor Koldo García, que son el eje de las acusaciones contra Cerdán, Puente ha cuestionado la afirmación de la defensa sobre la supuesta manipulación de estos audios. El instructor ha indicado que existe un informe de la Guardia Civil que respalda su autenticidad, planteando dudas sobre las interpretaciones realizadas por la defensa.

Finalmente, Puente ha reiterado que no ha habido investigaciones previas sobre ninguno de los aforados involucrados en este caso, incluyendo a Cerdán. Destacó que cualquier indicio que pudiera necesitar autorización del Congreso debe investigarse apropiadamente antes de proceder con la adopción de medidas cautelares o decisivas.

El magistrado concluye afirmando que las acciones realizadas están lejos de implicar un acto de inculpación hacia Cerdán o cualquier otra persona mencionado en el recurso. En el contexto de estas investigaciones, Cerdán se encuentra en prisión provisional desde el 30 de junio, enfrentando acusaciones por organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, roles críticos en la supuesta trama de corrupción relacionada con la adjudicación de obras. Según el instructor, es factible que salga en libertad antes del 30 de diciembre.