En una reciente sentencia, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dejado claro que la conversión automática de trabajadores interinos en indefinidos no es una medida que se pueda aplicar en ningún caso como consecuencia de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. Esta medida se considera incompatible con el sistema español de Administración Pública, el cual se basa en los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Además, el Supremo ha señalado que la directiva europea permite un trato diferenciado entre trabajadores temporales y fijos por razones objetivas, por lo que no se puede interpretar una radical igualdad entre ambos regímenes laborales.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de febrero pasado criticó la falta de regulación en España respecto al abuso de la contratación temporal y propuso que los trabajadores afectados sean convertidos en fijos. Sin embargo, el Supremo ha dejado en claro que esta conversión automática no es compatible con el sistema español, el cual se basa en principios fundamentales para el acceso a la Función Pública.
En este contexto, el Tribunal Supremo ha estimado un recurso de casación presentado por la Junta de Castilla y León contra una sentencia previa que declaraba el derecho de una trabajadora indefinida no fija a participar en un concurso de traslados. Esta decisión ha generado controversia con otra sentencia dictada en Extremadura en 2019 que denegaba un derecho similar a otra trabajadora.
Para el Supremo, la diferencia entre el personal fijo e indefinido no fijo radica en el proceso de selección para acceder al puesto de trabajo, el cual garantiza los principios de igualdad, mérito y capacidad según la Constitución española. Por lo tanto, considera que la exclusión del personal indefinido no fijo de ciertos concursos puede ser una medida justificada y proporcionada.
Según el Supremo, la igualdad ante la ley no implica un tratamiento idéntico en todos los casos, sino que las diferencias deben estar fundamentadas en criterios objetivos y razonables. Además, destaca la importancia de evaluar la proporcionalidad de las medidas adoptadas en relación con los objetivos perseguidos.
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