En un fallo que podría tener repercusiones significativas en el mundo del fútbol, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Madrid ha dado la razón a LaLiga al aceptar su apelación. Esto ha llevado al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) a abrir un expediente disciplinario contra el Real Madrid CF por la difusión de contenido polémico en su canal de televisión, Real Madrid TV, que ha sido considerado como un ataque al colectivo arbitral, de acuerdo a informes de Iusport.
Este caso se origina a partir de una resolución del TAD del 21 de noviembre de 2024, que había desestimado previamente un informe de LaLiga que solicitaba la apertura de un expediente disciplinario por el acoso presuntamente ejercido hacia los árbitros, en el periodo de preparación para los partidos de LaLiga EA Sports.
La controversia se encendió el 1 de marzo de 2024, cuando tanto el Sevilla FC como LaLiga presentaron quejas formales ante el Comité de Disciplina Deportiva de la RFEF, acusando al club blanco de llevar a cabo campañas que menoscababan la integridad de los árbitros asignados a sus partidos en las temporadas 2022-23 y 2023-24.
Como resultado, la RFEF inició un procedimiento disciplinario extraordinario contra el Real Madrid el 7 de marzo de 2024. Sin embargo, el 5 de junio de 2024, el comité decidió archivar el caso, alegando que no existía ninguna infracción o responsabilidad que pudiera ser atribuida al club.
No conformándose con esta decisión, LaLiga y Sevilla FC presentaron apelaciones ante el Comité de Apelación de la RFEF. Sin embargo, sus solicitudes no recibieron respuesta en el periodo estipulado, lo que resultó en una desestimación presunta de sus demandas.
Posteriormente, ambas partes llevaron el caso al TAD, que optó por unir los recursos y, en su resolución del 21 de noviembre de 2024, determinó que no podía tramitar los recursos debido a que su potestad disciplinaria sólo puede ser ejercida a instancias del presidente del Consejo Superior de Deportes o de su Comisión Directiva, y no por denuncias individuales. Además, el TAD cuestionó la legitimidad de los reclamantes para presentar sus recursos.
Sin embargo, el juzgado ha dictaminado que LaLiga tiene un interés legítimo que justifica su apelación al considerar que el comportamiento del Real Madrid podría constituir una violación de las normas disciplinarias, ya que los vídeos difundidos cruzan el límite de la crítica deportiva y pueden comprometer la integridad de la competición y el respeto hacia los árbitros.
El tribunal también argumentó que las acciones del Real Madrid no pueden ampararse bajo el derecho a la libertad de expresión, subrayando que este derecho tiene límites claros, especialmente en lo que respecta al respeto por el juego limpio y la prohibición de acoso a los árbitros.
Además, la corte afirmó que el TAD tenía la autoridad para abordar el recurso de LaLiga y debería haber considerado el fondo de la cuestión en lugar de simplemente inadmitirlo.
La sentencia aclara que LaLiga, como organismo organizador de competiciones profesionales, tiene la responsabilidad de asegurar el buen desarrollo de los partidos y la integridad de la competición, lo que le confiere un interés legítimo en cualquier procedimiento disciplinario que pueda amenazar la limpieza y justicia del torneo.
Al final del día, el juzgado ha estimado el recurso presentado por LaLiga, anulando la resolución previa del TAD por no ajustarse a la ley, y ordenando que se retome el procedimiento disciplinario desde el punto de partida, permitiendo la recopilación de pruebas que anteriormente habían sido rechazadas.
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