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El TC suspende ley de Ayuso que exigía autorización judicial para eutanasia en discapacitados tutelados.

El TC suspende ley de Ayuso que exigía autorización judicial para eutanasia en discapacitados tutelados.

El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente la disposición adicional segunda de la Ley de la Comunidad Autónoma de Madrid 1/2023 después de que el Gobierno presentara un recurso contra la obligación de recabar autorización judicial para aplicar la eutanasia a personas con discapacidad tuteladas. Esta disposición establecía que se tramitaría un procedimiento de jurisdicción voluntaria para la solicitud de autorización judicial cuando se pretenda llevar a cabo cualquier actuación que afecte al derecho a la vida de la persona con discapacidad a la que se haya provisto de un apoyo de carácter representativo para el ejercicio de la capacidad jurídica o se determine de manera expresa en la resolución que estableció el apoyo.

El recurso fue presentado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez contra la Ley que creaba la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad. La portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, explicó en una conferencia de prensa que el recurso fue presentado debido al recorte en el derecho a la eutanasia de las personas con discapacidad tuteladas por la Comunidad de Madrid.

El Gobierno afirma que la disposición adicional segunda podría vulnerar las competencias del Estado en legislación civil y procesal al establecer requisitos para el ejercicio de la capacidad jurídica que no contemplan estas legislaciones. Además, sostiene que podría vulnerar la reserva de la ley orgánica por regular requisitos distintos a los previstos en la ley de la eutanasia y el principio de seguridad jurídica.

El Tribunal Constitucional ha explicado que ha admitido a trámite la impugnación y ha acordado suspender la aplicación de la disposición. El artículo 161.2 de la Constitución prevé la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el TC tendrá que ratificarla o levantarla en cinco meses.