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La Audiencia Nacional rebaja la pena de Villarejo a 13 años por los casos 'Iron’, 'Land' y 'Pintor'.

La Audiencia Nacional rebaja la pena de Villarejo a 13 años por los casos 'Iron’, 'Land' y 'Pintor'.


Los magistrados han decidido mantener la absolución del comisario retirado José Manuel Villarejo respecto al delito de cohecho, así como exonerarlo de falsedad documental en relación a varias piezas del caso Tándem.

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha tomado la decisión de reducir la pena de cárcel de Villarejo, rebajando su condena de 19 a 13 años por delitos relacionados con el descubrimiento y revelación de secretos tanto de empresas como de particulares. Esta revisión se aplica a las causas conocidas como 'Iron', 'Land' y 'Pintor', que fueron las iniciales por las que se le juzgó.

Según lo reportado por Europa Press, en su fallo, el tribunal ha estimado parcialmente el recurso de Villarejo, disminuyendo su condena y absolviéndolo de falsedad en documentos mercantiles en dos de las piezas mencionadas. Esta decisión marca un giro importante en el proceso judicial que rodea el caso.

Además, el tribunal ha mantenido también la decisión de absolver a Villarejo de los cargos de cohecho, que habían sido señalados tanto por las acusaciones como por otros coacusados, y ha rechazado la nulidad de la segunda sentencia emitida por la misma Sección Cuarta de la Sala Penal, anulándose anteriormente la primera por razones que no se han especificado.

En cuanto a su socio, Rafael Redondo, el tribunal le ha impuesto una pena de 9 años de prisión, disminuyendo los 13 años de la condena anterior, y también ha quedado absuelto del delito de falsedad documental. Otras ocho personas vinculadas al caso enfrentarán penas que oscilan entre tres meses y dos años de cárcel.

En julio de 2023, Villarejo había sido sentenciado a 19 años de prisión, pero la Sala de Apelación decidió anular esta condena para revisar integralmente todas las pruebas presentadas y deliberar sobre cada uno de los delitos imputados. La Sección Cuarta posteriormente volvió a imponerle la misma pena.

Entre las entidades que recurrieron la segunda sentencia se encuentra la Fiscalía Anticorrupción, que cuestionó la falta de condena a Villarejo por cohecho pasivo, así como al resto de acusados por cohecho activo. La Sección Cuarta argumentó que los encargos realizados a Villarejo y su empresa CENYT no estaban relacionados con su función policial ni con su papel en actividades públicas.

Los magistrados han denegado la petición de anular nuevamente la sentencia, desestimando la solicitud del fiscal de devolver el caso al tribunal de instancia por la misma razón que justificó la anulación previa: la falta de motivación suficiente en los hechos presentados.

Desde su perspectiva, el tribunal ha afirmado que la sentencia revisada, aunque no presenta un análisis exhaustivo de cada prueba, sí asegura un juicio justo y acorde. La resolución parece responder a la exigencia de un razonamiento más sólido que había sido considerado insuficiente en la anulación anterior.

Asimismo, la sala señala que en esta última sentencia ya no hay omisiones en la valoración de pruebas esenciales, ofreciendo en su lugar explicaciones coherentes y racionales. Esto contrasta con la interpretación del fiscal respecto a la intención de los acusados y la existencia de evidencias relacionadas con el cohecho y posibles remuneraciones por acciones contrarias a la ética en el ejercicio policial.

Para contextualizar, la pieza 'Iron' se centraba en la contratación de Villarejo por el bufete Herrero&Asociados para obtener información sobre un despacho competidor sospechoso de robo de datos. 'Land', por otra parte, trataba sobre la contratación de CENYT para investigar a un entorno familiar del propietario de PROCISA en medio de una disputa por herencia. Finalmente, 'Pintor' revisaba el encargo de los hermanos Muñoz Támara para obtener información de un antiguo socio y su abogado, ayudando a dirimir un litigio fiscal en su beneficio.