24h España.

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El Tribunal Supremo desestima la denuncia del PSOE contra Abascal por sus polémicas declaraciones sobre Sánchez.

El Tribunal Supremo desestima la denuncia del PSOE contra Abascal por sus polémicas declaraciones sobre Sánchez.

El Tribunal Supremo de España ha reafirmado que los intercambios polarizados entre diferentes fuerzas políticas, incluso cuando incluyen declaraciones desafiantes, son parte integral del debate democrático. Esta posición fue sostenida en una reciente resolución respecto a un caso que involucraba al líder de Vox, Santiago Abascal, quien había emitido comentarios provocativos en una entrevista con el diario argentino 'Clarín'.

La querella presentada por el PSOE contra Abascal, en la que se le acusaba de incitación al odio y amenazas, fue desestimada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. El magistrado Javier Hernández, encargado del caso, declaró que estas cuestiones son demasiado complejas y matizadas para ser abordadas a través del Código Penal.

El tribunal subrayó que la pluralidad política debería permitir un debate libre, donde los discursos de los representantes electos, aunque puedan ser contundentes o confrontativos, no deben estar sujetos a sanciones penalmente. En su fallo, el Supremo concluyó que las palabras de Abascal, que denotan una oposición intensa hacia Pedro Sánchez, no alcanzan el umbral necesario para ser consideradas punibles.

Además, el tribunal argumentó que no hay evidencia suficiente de que las declaraciones de Abascal hayan generado un riesgo inmediato para la paz social o la dignidad del presidente del Gobierno y de los miembros del Partido Socialista. La decisión también toma en cuenta el contexto actual de protestas y tensiones políticas en el país, lo cual no facilita una interpretación que justifique la intervención penal.

El Supremo también aclaró que a pesar de la naturaleza fuerte y polarizada de los comentarios del líder de Vox—que incluye descripciones críticas de la gestión del gobierno—no se puede inferir que estos inciten violentamente contra Sánchez o el PSOE. Así, el tribunal establece un límite claro para la intervención penal, enfatizando que las críticas en el ámbito político deberían estar protegidas bajo el derecho a la libertad de expresión.

El tribunal destacó que esta protección es aún más robusta cuando se dirige hacia figuras públicas, permitiendo que las críticas se expresen con un margen mucho más amplio que si se tratara de individuos privados. En este sentido, el Supremo resalta que penalizar discursos que puedan ser percibidos como adversos conlleva el peligro de restringir la diversidad de voces en un contexto democrático.

Los magistrados enfatizaron que no se debe activar una reacción penal simplemente porque un discurso despierta aversiones entre los oponentes políticos. La crítica debe tener un nivel de daño tangible para que exista justificación para tal intervención. Proteger la pluralidad del discurso político es esencial para el funcionamiento sano de la democracia, y cualquier intento de silenciar voces discordantes podría ser perjudicial para la dinámica del debate público.

Finalmente, el Tribunal Supremo recordó que en democracias consolidadas, las confrontaciones verbales entre partidos son esperadas y, aunque puedan resultar incómodas, forman parte del espacio legítimo del debate político que debe ser defendido por las estructuras constitucionales. La solución a estas tensiones, argumentaron, recae en los propios partidos y no en los tribunales, instando a que sean ellos los que presenten propuestas viables para disminuir la polarización actual.