Un juez valida el accidente laboral de un trabajador que recorría 44 km en bicicleta de ida y vuelta al trabajo.

En Santander, el Juzgado de lo Social número 3 ha fallado a favor de un trabajador que solicitaba que se considerara accidente laboral 'in itínere' el incidente que sufrió mientras se desplazaba en bicicleta desde su lugar de trabajo hasta su casa, recorriendo 44 kilómetros.
La sentencia, que no es definitiva y puede ser apelada ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, reconoce el derecho del trabajador a utilizar la bicicleta como medio de transporte hacia su trabajo, a pesar de la distancia considerable.
Según el informe judicial, el trabajador, monitor deportivo, solía ir a su trabajo en bicicleta de carreras durante la primavera y el verano, tardando una hora y cuarenta minutos en completar el trayecto.
En mayo de 2023, mientras regresaba a casa desde el centro deportivo donde trabajaba, fue atropellado por un vehículo y se fracturó la clavícula.
El juez ha determinado que el accidente sucedió en el trayecto de vuelta del trabajo, ya que el lugar y la hora del incidente coinciden con los datos. Se destaca que el medio de transporte utilizado por el trabajador era adecuado y no ponía en peligro su integridad física.
Se considera que el trabajador tenía motivos justificados para utilizar la bicicleta, como la falta de transporte público, la ausencia de vehículo propio o su compromiso con el medio ambiente. Además, se menciona la posibilidad de que quisiera mejorar su salud durante la temporada cálida.
La sentencia enfatiza que el trayecto realizado por el monitor fue normal y habitual, sin pasar por caminos peligrosos. Se aclara que la situación sería diferente si el desplazamiento se hubiera dado en condiciones extremas como noche, mal estado del camino o condiciones climáticas adversas.
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