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El Gobierno amplía el permiso de lactancia a 28 días para todos los empleados

El Gobierno amplía el permiso de lactancia a 28 días para todos los empleados

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado este martes la reforma del permiso de lactancia para extenderlo hasta un total de 28 días para todos los trabajadores. Según Díaz, esta medida es de gran importancia debido a que anteriormente el permiso de lactancia solo duraba media hora y estaba condicionado a la incorporación de este derecho en la negociación colectiva, lo que generaba situaciones desiguales y discriminatorias en España. Ahora, todos los trabajadores y trabajadoras españolas, incluido el personal laboral de la Administración Pública, tendrán derecho a un permiso de lactancia acumulado de 28 días.

El permiso de lactancia está regulado en el artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, el cual establece que en casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, las personas trabajadoras tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo, que pueden dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta los nueve meses de edad. Además, en casos de múltiples nacimientos, adopciones, guardas con fines de adopción o acogimientos, la duración del permiso se incrementará proporcionalmente.

Actualmente, el derecho a ausentarse está condicionado a lo estipulado en la negociación colectiva o al acuerdo alcanzado con la empresa. De igual manera, la reducción de jornada contemplada en este permiso constituye un derecho individual de las personas trabajadoras y no puede ser transferido a la otra persona progenitora, adoptante, guardadora o acogedora. Sin embargo, en casos donde dos personas trabajadoras de la misma empresa ejerzan este derecho por la misma razón, la empresa puede limitar su ejercicio simultáneo por razones objetivas y debidamente fundamentadas, ofreciendo un plan alternativo que permita el disfrute de ambos trabajadores y asegure el ejercicio de los derechos de conciliación.

Asimismo, cuando ambas personas progenitoras, adoptantes, guardadoras o acogedoras ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el periodo de disfrute puede extenderse hasta que el lactante cumpla los doce meses, con una reducción proporcional del salario a partir de los nueve meses. Además, aquellos que lo deseen, podrán reemplazar el permiso de lactancia por una reducción de media hora en su jornada laboral con el mismo propósito o acumularlo en jornadas completas.