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El Gobierno justifica la eliminación del artículo 525 del Código Penal: "Las creencias no tienen derechos fundamentales".

El Gobierno justifica la eliminación del artículo 525 del Código Penal:

La reciente postura del Gobierno en torno a la derogación del artículo 525 del Código Penal, que tipifica el delito contra los sentimientos religiosos, ha suscitado un intenso debate en la sociedad española. La administración argumenta que las creencias e ideas no son consideradas titulares de derechos fundamentales, defendiendo así su propuesta de modificación legal.

Esta posición fue expuesta en una respuesta oficial a una consulta formulada por el diputado de UPN, Alberto Catalán Higueras. En su pregunta, Higueras se interesó por las acciones que el Gobierno está tomando para evitar que los discursos de los políticos fomenten la radicalización o ataquen la libertad religiosa.

Según el Ejecutivo, es fundamental entender que, como establece la jurisprudencia, las ideas son solo eso: ideas. Los derechos fundamentales están reservados a las personas, y la legislación ya contempla otras figuras delictivas que protegen la dignidad individual y combaten discursos de odio.

El Gobierno subraya que la derogación propuesta busca ajustar la normativa a la concepción de la libertad de expresión que emana del artículo 20 de la Constitución Española. Resalta que esta interpretación ha sido validada tanto por el Tribunal Constitucional como por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a lo largo del tiempo.

Además, el Ejecutivo enfatiza que estos tribunales han validado la protección de la libertad de expresión, la cual no se limita únicamente a opiniones benévolas, sino que también abarca críticas severas, sátiras y manifestaciones que podrían afectar sensibilidades diversas.

A pesar de la intención de derogar el artículo en cuestión, el Gobierno garantiza que la defensa del derecho a la libertad religiosa, estipulada en el artículo 16.1 de la Constitución, sigue siendo robusta. Asegura que continúan vigentes otros artículos del Código Penal (522 a 524) que permiten a los creyentes ejercer su fe sin temor a represalias.

Además, el artículo 510 del Código Penal sigue protegiendo a las personas de incitaciones a la violencia o discriminación basadas en motivos religiosos, lo que garantiza un marco de protección integral. La Ley de protección civil del honor y los delitos de injurias también respaldan este derecho, ofreciendo un enfoque multidimensional a la protección de la dignidad personal.

El Gobierno se siente confiado en que el actual sistema penal relativo a la libertad religiosa en España es comparable, e incluso superior, al de muchos otros países de su entorno europeo.

El anunció de una reforma integral del Código Penal por parte del ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, en septiembre de 2024, que incluye la eliminación del delito contra los sentimientos religiosos, ha provocado reacciones entre diversas confesiones religiosas. La Iglesia católica, junto a grupos evangélicos, judíos, musulmanes, ortodoxos y anglicanos, emitió una declaración conjunta expresando su "seria preocupación" y proponiendo al Gobierno la apertura de un "diálogo respetuoso" sobre esta temática, al considerar que tal derogación podrían significar un menoscabo del derecho a la libertad religiosa.