 
                                        En el contexto del 'caso Koldo', el Tribunal Supremo ha decidido no enviar a prisión provisional al antiguo asesor de José Luis Ábalos en el Ministerio de Transportes, a pesar de las preocupaciones sobre su posible fuga y los vínculos con el exterior. En cambio, ha optado por mantener las medidas cautelares existentes que incluyen la prohibición de salir del país y la obligación de firmar regularmente en el juzgado.
El juez Leopoldo Puente, siguiendo el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, considera que, aunque existe un riesgo de fuga, este se ve suficientemente contrarrestado por las restricciones impuestas. Sin embargo, las acusaciones representadas por el Partido Popular han solicitado su ingreso en prisión, enfatizando que el dinero mencionado por Koldo, que él denomina como “chistorras”, sigue sin aparecer.
En una audiencia previa, las mismas posiciones fueron reiteradas en cuanto al caso de Ábalos, a quien también se le impusieron medidas cautelares similares. El juez ya había señalado un riesgo de fuga que podría aumentar a medida que se acerque la fecha del juicio, lo que lo lleva a considerar posibles medidas más severas en el futuro.
Pese a esto, el círculo más cercano a Koldo afirma que está preparado para cualquier eventualidad, aunque hasta ahora solo Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, ha sido enviado a prisión por el temor a que pueda intentar huir o manipular pruebas relacionadas con la trama de cobro de comisiones por obras públicas.
En su auto, Puente argumenta que actualmente no existen elementos que justifiquen una medida tan drástica como privarle de libertad, señalando que no hay riesgo significativo de fuga, destrucción de pruebas o reiteración delictiva. Cita el cumplimiento riguroso de las medidas impuestas desde el inicio del caso como uno de los factores que respaldan su decisión.
El juez también menciona un posible acceso por parte de Koldo a fondos no localizados hasta ahora y menciona sus vínculos anteriores con otros países, aunque no se tiene certeza sobre su vigencia actual. A pesar de esto, considera que el riesgo de huida no alcanza la severidad que justificaría su encarcelamiento.
Puente también destaca que la prisión provisional debe ser una medida excepcional y que, aunque hay indicios que apuntan a la implicación de Koldo en delitos serios, estos por sí solos no son suficientes para imponer dicha medida sin más pruebas concretas.
Recientemente, el magistrado convocó nuevamente a Koldo y Ábalos a declarar tras recibir un nuevo informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil que califica a Koldo como "gestor y custodio" de fondos ilícitos presumiblemente obtenidos mediante sobornos.
Entre los delitos que se le atribuyen a Koldo están la pertenencia a una organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, así como la posible malversación de fondos públicos, relacionados con montos que habrían provisto de ingresos de actividades delictivas. Por ejemplo, se le investiga por el uso de casi 95,000 euros para cubrir gastos personales de Ábalos, como cuotas de pensiones alimenticias y otros beneficios.
Koldo se presentó en el Tribunal Supremo vistiendo una boina, y aunque mantuvo su silencio habitual, la audiencia se centró mayormente en una revisión de las medidas cautelares. La falta de acceso a pruebas y grabaciones incautadas fue el motivo que argumentó para no declarar, sintiéndose en desventaja en este proceso.
El Fiscal Anticorrupción, Alejandro Luzón, criticó la falta de disposición de Koldo para hablar en el Supremo mientras se comunicaba con los medios. Sin embargo, la defensa de Koldo argumentó que sus intervenciones en la prensa eran una estrategia necesaria para responder a las acusaciones en su contra, que incluyen temas tan graves como violencia de género y acoso sexual.
Puente interrumpió las discusiones sobre los enfoques de comunicación fuera del tribunal, manteniendo la audiencia en un ambiente de cordialidad. Es importante recordar que esta investigación comenzó en la Audiencia Nacional por supuestas adjudicaciones irregulares, y ha evolucionado desde entonces, revelando la existencia de posibles irregularidades en la ejecución de contratos públicos.
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