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El Tribunal Supremo da la razón parcial a CGT en el caso de la oferta de empleo público de 2022.

El Tribunal Supremo da la razón parcial a CGT en el caso de la oferta de empleo público de 2022.

En una decisión que representa un paso hacia la protección de los derechos laborales en el sector público, el Tribunal Supremo ha acogido parcialmente el recurso presentado por la Federación Estatal de Trabajadores de las Administraciones Públicas de CGT (Fetap-CGT) contra el decreto que estableció la oferta de empleo público para el año 2022.

En su fallo, el Alto Tribunal ha declarado la nulidad de ciertas disposiciones del real decreto de mayo de 2022 que no contemplaban la reserva legal para personas con discapacidad en las plazas en las que el sistema de selección era mediante concurso.

La falta de transposición de la Directiva 1999/70/CE sobre el trabajo de duración determinada en el sector público ha sido uno de los aspectos apelados por el sindicato, que ha advertido sobre las consecuencias del incumplimiento de los límites temporales para los trabajadores temporales en las administraciones públicas.

Además, se ha denunciado el abuso de la temporalidad en ciertas plazas y el incumplimiento del cupo de discapacidad en la contratación de personal en la Administración.

Por otro lado, Fetap-CGT ha expresado su descontento por el hecho de que el Tribunal Supremo no haya tenido en cuenta las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), aunque considera que la situación en la Administración es evidente y debe ser abordada.

El sindicato ha dirigido sus críticas al Ministerio para la Transformación Pública y de Función Pública y a su titular, el ministro Escrivá, a quien señalan como el principal responsable de la situación. No obstante, consideran que Escrivá tiene la oportunidad de corregir esta situación a través del anteproyecto de ley de Función Pública, aprobado por el Consejo de Ministros el 16 de julio de 2024.