El Tribunal Supremo desestima la denuncia de Manos Limpias contra Armengol por la transferencia de diputados a Junts.

El Tribunal Supremo (TS) ha inadmitido la denuncia presentada por Manos Limpias contra la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, argumentando que no hubo prevaricación administrativa en la autorización de la cesión de diputados del PSC a Junts para que pudiera formar su propio grupo parlamentario. Esta decisión fue tomada después de las elecciones de julio pasado.
En un auto, la Sala de lo Penal del TS explica que el Reglamento del Congreso no menciona explícitamente la posibilidad de ceder diputados de un grupo a otro, ni prohíbe esa opción. Además, destaca que la cesión de grupos parlamentarios es una práctica que ya ha ocurrido en nuestra historia parlamentaria reciente.
A su vez, aclara que para que esta decisión administrativa sea considerada un delito, debe ser no solo ilegal, sino también injusta y arbitraria. Subraya que la mera ilegalidad no es suficiente, ya que las normas administrativas prevén casos de nulidad que pueden ser controlados por la jurisdicción contencioso-administrativa, sin necesidad de recurrir al derecho penal, que solo se aplicaría en casos más graves.
La Sala Segunda del TS, en una ponencia del magistrado Eduardo de Porres, enfatiza que las discrepancias en la interpretación del Reglamento deben ser resueltas por el Tribunal Constitucional, que hasta ahora no ha emitido ninguna opinión al respecto.
De esta manera, el Tribunal Supremo respalda el argumento de la Fiscalía, que también concluyó que no existen motivos suficientes para considerar que los hechos fueron claramente contrarios al ordenamiento jurídico, y que la mera ilegalidad no es razón suficiente para tomar acciones penales.
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