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El TS desestima la denuncia de Vox contra Alvise por insinuar vínculos económicos con una empresa de criptomonedas.

El TS desestima la denuncia de Vox contra Alvise por insinuar vínculos económicos con una empresa de criptomonedas.

En un giro inesperado en el mundo político español, el Tribunal Supremo ha decidido archivar la querella presentada por el partido Vox contra el eurodiputado Alvise Pérez. El motivo de la controversia radica en insinuaciones de que Santiago Abascal, el líder de Vox, podría haber recibido fondos de la misma compañía de criptomonedas que había entregado 100.000 euros en efectivo a Alvise, quien ha liderado la agrupación Se Acabó La Fiesta (SALF).

Según un comunicado de Europa Press, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado la querella argumentando que los hechos denunciados no constituyen un delito. Esto ocurre en un contexto donde las tensiones entre los diferentes partidos políticos están en aumento y se cuestionan prácticas de financiación y transparencia.

La controversia se inició cuando Alvise Pérez, en una rueda de prensa el pasado 26 de septiembre, reconoció que recibió los 100.000 euros del empresario de criptomonedas Álvaro Romillo, apodado Criptospain, como "honorarios privados". Pérez justificó este ingreso diciendo que lo necesitaba para "incrementar sus ahorros" y no enriquecerse gracias a su labor política.

En el trasfondo de esta investigación, el juez José Luis Calama, encargado del caso en la Audiencia Nacional, había elevado una exposición sobre la posible financiación ilegal de Alvise, dada la recepción de ese dinero durante una activa campaña electoral. Sin embargo, el Tribunal Supremo aún no se ha pronunciado en este sentido.

La situación se complicó cuando, después de que se hiciera pública la investigación del Ministerio Público, Alvise se dirigió a Abascal en su cuenta de X (anteriormente Twitter), preguntándole si podía desmentir haber recibido "sobres con efectivo" del empresario Criptospain el 16 de un mes determinado.

Además, en una intervención en 'DistritoTV', Alvise comparó las sumas gastadas en campañas por otras formaciones políticas, aludiendo al Partido Popular y al PSOE como parte de un sistema corrupto, sugiriendo que muchos políticos beneficiados podrían estar implicados en delitos de cohecho y financiación ilegal.

El Supremo, en consonancia con la Fiscalía, indicó que las declaraciones de Alvise son más bien especulativas en lugar de acusaciones directas, lo cual no las califica dentro de la categoría de calumnias. Se consideró que sus palabras carecían de la precisión necesaria para incurrir en un delito de corrupción o financiación ilegal de partidos.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo argumentó que se trató de un proceso de opiniones y, aunque la libertad de expresión tiene límites, la jurisprudencia europea tiende a considerar desproporcionado recurrir a medidas penales para moderar el debate político, salvo en circunstancias excepcionales que involucren incitación a la violencia o discursos de odio.

Finalmente, los magistrados concluyeron que, aunque no aproban el estilo de debate reflejado en las declaraciones de Alvise, no es justo perseguir penalmente a los involucrados dadas las circunstancias, amparándose en el derecho a la libertad de información, que debe ser respetado conforme a la legislación vigente y las normativas europeas.