24h España.

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Facua señala a parques de atracciones por prohibir el acceso de alimentos y bebidas.

Facua señala a parques de atracciones por prohibir el acceso de alimentos y bebidas.

En un giro sorpresivo en el ámbito de los derechos de los consumidores, la organización Facua-Consumidores en Acción ha presentado una queja formal ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, denunciando a algunos de los parques de atracciones más emblemáticos de España. Según la asociación, estas instalaciones están impidiendo el acceso de visitantes con comida y bebida, lo que induce a los consumidores a comprar productos a precios exorbitantes dentro de los recintos.

Facua ha solicitado específicamente que la Dirección General de Consumo inicie procedimientos sancionadores contra destacados parques como Isla Mágica, Parque Warner, Port Aventura y Terra Mítica. La acusación radica en que estas prácticas infringen el Real Decreto Legislativo 1/2007, que establece normativas fundamentales para la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.

En su investigación, la organización ha examinado cómo operan grandes parques temáticos en Europa y ha llegado a la conclusión de que muchos de ellos no aplican este tipo de restricciones. Ejemplos como Disneyland París, Parc Astérix, Europa-Park, y Legoland Windsor demuestran que permitir la entrada con alimentos y bebidas es una práctica común y aceptada en estos recintos.

Facua señala que, en contraposición, Parque Warner ha justificado su política de no permitir alimentos externos bajo la excusa de "razones de higiene y seguridad", mientras que Terra Mítica también invoca preocupaciones similares. En contraste, Isla Mágica y Port Aventura no han proporcionado ninguna justificación clara respecto a su prohibición.

La asociación argumenta que estas restricciones no son medidas legítimas para garantizar la seguridad y la higiene, sino meramente tácticas económicas diseñadas para maximizar beneficios a costa de los consumidores. La obligación de comprar dentro del parque no solo restringe la libertad de elección de los visitantes, sino que también les provoca un perjuicio económico considerable.

En sus alegaciones, Facua insiste en que la actividad principal de los parques de atracciones no debería incluir la restricción de alimentos, ya que el servicio de restauración es secundario a la experiencia general. Imponer la compra de alimentos y bebidas dentro del parque es considerada una violación de los derechos de los consumidores, creando un desequilibrio en las transacciones comerciales que favorece a la empresa.

La prohibición de entrada con alimentos y bebidas, según Facua, cae bajo la categoría de prácticas abusivas conforme a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta ley prohíbe explícitamente cualquier cláusula que implique una renuncia a los derechos del consumidor, algo que estas políticas claramente hacen.

La asociación también subraya que tales prácticas no solo son desleales, sino que pueden afectar gravemente la relación entre los parques y sus visitantes. Al obligar a los consumidores a comprar productos en condiciones de desigualdad, se socavan principios fundamentales de buena fe y equidad en las prácticas comerciales.

En resumen, Facua llama a una revisión exhaustiva de las políticas de acceso alimentario en estos parques, instando a una mayor protección de los derechos de los consumidores, en un momento donde la transparencia y la equidad en las relaciones comerciales son más cruciales que nunca.