
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado una orden que limita el movimiento del ganado bovino en Castilla y León desde el 29 de mayo, con el objetivo de evitar poner en peligro el estatus sanitario de la cabaña ganadera española y comunitaria. La medida sin precedentes estará vigente hasta que la Junta derogue la resolución y restablezca el cumplimiento de la normativa comunitaria y nacional. Esta orden es una respuesta firme ante la gravedad de las consecuencias que supone la resolución publicada el 15 de mayo por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, gestionada por Vox, que incumple gravemente la normativa comunitaria y española en materia de erradicación y control de la tuberculosis bovina.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación presentó el pasado 23 de mayo un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León contra la resolución autonómica por fijar un marco normativo más laxo que contraviene la legislación europea y frente al inevitable riesgo de dispersión de la enfermedad a nuevas zonas, explotaciones y animales. El Ministerio asegura que la aplicación de la resolución de Castilla y León pone en riesgo de contagio a las explotaciones libres de tuberculosis de Castilla y León, así como a las del resto del territorio de España y la UE.
La Comisión Europea, tras conocer la resolución autonómica, ha urgido al Gobierno de España a tomar medidas para poner coto a la propagación de la tuberculosis bovina. Desde el Departamento que dirige Luis Planas aseguran que la resolución autonómica establece una reducción unilateral de los controles y requisitos para la concesión, mantenimiento, suspensión, retirada y recuperación del estatus de explotación libre de tuberculosis bovina y permite movimientos de animales expresamente prohibidos al eximir a las explotaciones de las pruebas de movimiento obligatorias para evitar que la enfermedad se propague.
Para adaptarse a las medidas adoptadas al riesgo derivado de la aplicación de la resolución, se permitirán los movimientos de bovinos fuera de Castilla y León si su destino directo es el sacrificio en matadero o, si el destino es distinto de un matadero, solo se permitirá el movimiento a cebaderos bajo estrictos requisitos de sanidad tanto de los animales como de las explotaciones de origen. Las provincias de Burgos, León y Valladolid, que ya han sido valoradas de forma favorable por la Comisión Europea como territorios libres de tuberculosis, quedan excluidas de la aplicación de estas medidas y los movimientos desde las restantes provincias de Castilla y León a estas tres provincias quedan sujetos a los mismos requisitos que los movimientos con destino al resto de comunidades autónomas.
El Ministerio recuerda que los titulares de explotación, los responsables de los animales y las autoridades competentes de Castilla y León están obligadas a dar cumplimiento a la orden publicada este lunes y advierten de que están sujetas las infracciones a las sanciones establecidas en la Ley 8/2003 de sanidad animal. Castilla y León cuenta con el mayor censo de bovinos de España y la mayor parte de esa cabaña está situada en zonas de especial incidencia de tuberculosis bovina. Desde esta comunidad autónoma se producen diariamente una gran cantidad de movimientos de animales.
La tuberculosis bovina (Complejo mycobacterium tuberculosis) es una enfermedad transmisible de los animales que, según la Comisión Europea, debe ser controlada en todos los Estados miembros para lograr su erradicación. Es, además, una enfermedad zoonótica, transmisible al ser humano y, por tanto, un problema de salud pública. En España, las zonas oficialmente libres de la tuberculosis bovina son Asturias, Canarias, Galicia, Islas Baleares, Cataluña, Murcia y País Vasco, y recientemente se han añadido las provincias de Valladolid, Burgos y León, mientras que las restantes comunidades autónomas, entre ellas, Castilla y León tienen un programa de erradicación de la infección que es obligatorio según la normativa europea.
Castilla y León dispone de un programa regional incluido en el programa nacional de erradicación 2022-2030 aprobado mediante un reglamento europeo y que es de obligado cumplimiento.
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