En una histórica decisión, el Consejo de Ministros tiene programada para este martes la aprobación de un aumento del 3,1% en el salario mínimo interprofesional (SMI), que entrará en vigor desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026. De esta manera, el nuevo SMI se establecería en 1.221 euros mensuales distribuidos en catorce pagas.
Este incremento significa 37 euros más al mes, lo que se traduce en un aumento total de 518 euros anuales respecto al salario vigente en 2025, que era de 1.184 euros al mes o 16.576 euros anuales.
Con esta subida, el SMI para el año 2026 alcanzará un total de 17.094 euros brutos anuales y 40,70 euros brutos diarios, aplicándose de manera generalizada. Para los trabajadores eventuales y temporales, el SMI diario se establecerá en 57,82 euros, mientras que quienes se desempeñen en el servicio doméstico no podrán recibir menos de 9,55 euros por hora trabajada.
El aumento, que se implementará con carácter retroactivo desde el 1 de enero de este año, beneficiará a alrededor de 2,5 millones de trabajadores, y es el resultado de un acuerdo alcanzado a finales de enero entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos. Este pacto fue formalizado en un acto presidido por el presidente Pedro Sánchez, donde la vicepresidenta primera, Yolanda Díaz, junto a los líderes de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, sellaron el compromiso.
Este es el sexto año consecutivo en el cual el Ministerio de Trabajo llega a un acuerdo sobre el SMI sin la colaboración de la patronal CEOE. Pedro Sánchez ha criticado que la organización empresarial se haya "borrado" del diálogo social en este tema crucial.
Es importante señalar que este ajuste en el SMI no ocasionará cambios en la estructura de los salarios profesionales de aquellos trabajadores cuyos ingresos anuales superen el nuevo límite establecido. Sin embargo, será necesario modificar los sueldos de aquellos contratos o acuerdos cuyos salarios anuales sean inferiores al SMI 2026 para garantizar que reciban al menos este nuevo mínimo, de acuerdo a las normativas actuales de absorción y compensación.
Adicionalmente, se ha acordado que, para asegurar que este aumento no se vea comprometido por otros complementos salariales, se llevará a cabo una reforma de las reglas de absorción y compensación. Esta modificación se realizará en un Real Decreto distinto, el cual coincidirá con la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos al ordenamiento jurídico español.
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