Rumbo a la equidad: Del adiós a las faldas en enfermería a catalogar la trata como la moderna esclavitud.
En el contexto actual, las injusticias que enfrentan las mujeres han encontrado eco en los tribunales, incluyendo el Tribunal Supremo. A lo largo de los años, esta institución ha ido adaptando su enfoque legal a las demandas de la sociedad moderna. Ejemplos de esto incluyen la abolición del uniforme tradicional con cofia y falda para las enfermeras, así como una sentencia que calificó la prostitución derivada de la trata como “la esclavitud del siglo XXI”. Estos avances han sido recopilados en un informe con motivo del Día Internacional de la Mujer, que ha sido accesible para Europa Press.
El informe destaca la crucial influencia del ámbito social en la lucha por los derechos de las mujeres. Particularmente significativa es una decisión del Tribunal Supremo que consideró discriminatorio el hecho de que las mujeres enfermeras y auxiliares debieran llevar un uniforme que incluía cofia, falda y medias, mientras que sus colegas masculinos vestían un cómodo pijama de dos piezas. Este fallo subraya la desigualdad persistente en el entorno laboral, donde las mujeres se ven obligadas a cumplir con estándares arcaicos.
Un hecho alarmante fue otra sentencia que evidenció discriminación en la promoción laboral, específicamente en los ascensos a coordinador y mando, donde se observó una desproporción desfavorable hacia las mujeres sin justificación objetiva. Similarmente, en 2014, el Supremo identificó disparidades en un "plus voluntario" que se otorgaba de forma desiguales entre camareros y camareras, evidenciando un sistema que favorece a los hombres en el mismo entorno de trabajo.
En el área laboral, una decisión clave del Tribunal Supremo de 2008 estableció la nulidad del despido de mujeres embarazadas, protegiéndolas incluso si el empleador desconocía su estado. Esto marcan un giro respecto a la antigua doctrina, que no consideraba nula la desvinculación laboral en estos casos. Esta evolución legal se ha ampliado para abarcar despidos relacionados con el embarazo y derechos de permisos por maternidad o paternidad.
En el ámbito civil, los progresos han sido significativos en las últimas décadas, considerando que el Código Civil es un documento que data de 1889. Hasta las reformas de los años 70 y 80, las mujeres estaban bajo la patria potestad de sus padres hasta los 25 años, necesitaban el consentimiento del marido para trabajar y el divorcio era inexistente.
El Código Civil ahora prevé compensaciones económicas para mujeres que se han dedicado a las tareas del hogar en divorcios, sin embargo, el Tribunal Supremo ha interpretado que este derecho también se extiende a aquellas que han contribuido con trabajos en el negocio familiar. Además, ha comenzado a reconocer pensiones compensatorias incluso para parejas de hecho, siempre que se demuestre el enriquecimiento injusto.
En cuanto a la filiación, el Tribunal Supremo hizo historia en 2015 al establecer que el interés del menor podría justificar que el apellido de la madre preceda al del padre en situaciones de reconocimiento tardío de la paternidad, replanteando así la tradición patriarcal en la asignación de apellidos.
La legislación sobre gestación subrogada también fue abordada en 2022, donde se enfatizó cómo las mujeres gestantes y los niños no pueden ser considerados meras mercancías, subrayando la necesidad de tratar a todos como individuos con derechos inherentes.
En la esfera penal, el Tribunal Supremo ha cambiado la narrativa que antes cuestionaba la resistencia de las víctimas en delitos de libertad sexual, estableciendo que no se puede esperar una resistencia heroica. Respecto a la trata de personas, el Tribunal ha denunciado la prostitución vinculada a este delito, describiéndola como "la esclavitud del siglo XXI", un recordatorio de que este fenómeno no se limita a países lejanos, sino que se presenta en nuestras comunidades más cercanas.
Una importante interpretación en relación con la violencia de género ha permitido reconocer que la "alevosía doméstica" es una circunstancia que agrava los delitos, reflejando la vulnerabilidad a la que se enfrentan las mujeres en su propio entorno. Esto resalta la necesidad de una respuesta judicial que tenga en cuenta la dinámica de poder y el temor que permea estas relaciones.
En un ámbito más administrativo, se ha producido un avance notable con una reciente decisión que otorga a las familias monoparentales el derecho a extender el permiso de maternidad, una acción crucial para combatir la discriminación de los recién nacidos. Asimismo, el Tribunal ha afirmado que las razones de género son válidas para proteger a las mujeres dentro de la legislación de asilo, como se evidenció en el caso de una mujer nigeriana víctima de trata.
Finalmente, uno de los casos más recientes en la Sala de lo Militar condenó a un sargento por abuso de poder hacia una mujer guardia civil, quien soportó un año de humillaciones y acoso, un recordatorio de que la discriminación de género persiste incluso en las instituciones encargadas de proteger a la sociedad. Este informe concluye que a pesar de los avances logrados, aún queda un largo camino por recorrer para garantizar la igualdad de género y la equidad efectiva en la vida diaria de las mujeres en España.
Tags:
Categoría:
Newsletter
Entérate de las últimas noticias cómodamente desde tu mail.